SUELO URBANO EN GURIEZO
¿Estás pensando en edificar una vivienda? ¿Buscar establecer un negocio? Te presentamos un suelo urbano en el municipio de Guriezo, una localidad situada en la costa oriental de Cantabria, y que limita con Castro Urdiales, Ampuero, Liendo, Rasines y con la provincia de Vizcaya. Un entorno natural en el que establecer primera o segunda residencia. […]
- Superficie construida
- 0.00 m²
- Habitaciones
- 0
- Baños
- 0
Recorre el inmueble
Características
Eficiencia energética
Descripción completa
¿Estás pensando en edificar una vivienda? ¿Buscar establecer un negocio? Te presentamos un suelo urbano en el municipio de Guriezo, una localidad situada en la costa oriental de Cantabria, y que limita con Castro Urdiales, Ampuero, Liendo, Rasines y con la provincia de Vizcaya. Un entorno natural en el que establecer primera o segunda residencia. A continuación te presentamos la ficha urbanística de la parcela. Puedes solicitar más información ¡Estaremos encantados de atenderte!~ ~ Suelo urbano consolidado a los efectos de la Ley de Cantabria 2/2011, de 25 de junio, de ordenación territorial y régimen urbanístico del suelo de Cantabria.~ ~ Usos Permitidos:~ -Vivienda en categoría 1 (aislada o adosada)~ -Garajes, aparcamiento y servicio del automóvil anejo a vivienda~ -Artesanía~ -Comercial en planta baja con tolerancia de almacén en sótano o semi sótano.~ -Salas de reunión de menos de 300m2~ -Cultural~ -Sanitario~ -Agrícola~ ~ Parámetros Urbanísticos para obras de nueva planta.~ ~ Tipología:~ ~ -Vivienda unifamiliar exenta, permitiéndose anexos agropecuarios, que computarán a todos los efectos.~ -Se podrá plantear vivienda medianera mediante estudio de detalle al objeto de conseguir una tipología acorde con la fisionomía del núcleo rural para mantener la tipología existente, sea de huertas entre medianeras o de parcelaciones inferiores a mínima anteriores a las Normas Subsidiarias.~ ~ Parcela mínima:~ ~ -800 m2 a efectos edificatorios~ ~ Edificabilidad:~ ~ -0,30 m2/m2~ -Los cuerpos volados abiertos o cerrado en forma de mirador computarán al 50%.~ -Los espacios bajo cubierta autorizados en la ordenanza no computarán.~ ~ Ocupación máxima:~ ~ -20%~ ~ Altura máxima:~ ~ -2 plantas, 6 m a cornisa y 4,50m a cumbrera desde la cara inferior del alero.~ ~ Cubiertas:~ ~ -Se podrá construir una planta bajo cubierta habitable cuya superficie útil no supere el 60% de superficie de la planta inferior, que no computará a efectos de edificabilidad. La inclinación máxima será de 30 grados y la mínima de 20 grados.~ Retranqueos:~ -8 metros al eje de calle~ -3 metros a colindantes~ -Cierres a 4 metres del eje~ -6 metros entre edificaciones dentro de la misma parcela.~ ~ Longitud de la fachada:~ -Máximo 20 metros en viviendas y 50 metros en explotaciones agrícolas~ ~